“La alianza matrimonial, por la cual un hombre y una mujer establecen entre sí una relación de toda la vida, está por su naturaleza ordenada al bien de los esposos y a la procreación y educación de los hijos; esta alianza entre bautizados ha sido elevada por Cristo, el Señor a la dignidad de un sacramento”
CIC, can. 1055 § 1; cf. GS 48 § 1.