El sacramento de la confirmación fortalece a los bautizados y los obliga con más firmeza a ser testigos de Cristo de palabra y obra y a difundir y defender la fe. Imprime carácter, enriquece con el don del Espíritu Santo a los bautizados que continúan en el camino de la iniciación cristiana, y los une más perfectamente a la Iglesia.
Canon. 879
Toda persona bautizada sin haber sido confirmada, solamente esa persona es capaz de recibir la confirmación.
Canon. 889 § 1
Para recibir la confirmación lícitamente fuera del peligro de muerte se requiere que una persona que tiene uso de razón esté debidamente instruida, debidamente dispuesta y capaz de renovar las promesas bautismales.
Canon. 889 § 2
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